GCM Objetivo 21

Colaborar para facilitar el regreso y la readmisión en condiciones de seguridad y dignidad, así como la reintegración sostenible

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In the Katfoura village on the Tristao Islands in Guinea, the civil society organization Partenariat Recherches Environnement Medias (PREM) is providing rural women with new opportunities to generate income and improve community life.

Cuestiones

Las mujeres y niñas migrantes, así como los migrantes transgénero y de género no conforme, corren riesgos particulares en relación con el retorno y la reintegración. Toda decisión de devolver a alguien a su país de origen debe fundamentarse en una evaluación basada en el género, que indique los riesgos específicos que correría la persona, como la violencia sexual y de género, el maltrato doméstico, la discriminación, y la posibilidad de caer o recaer en la trata.

El principio de no devolución debe cumplirse en todos los casos. Para lograr una reintegración sostenible de las mujeres migrantes en sus países de origen, es crucial que tengan acceso a capacitación y asistencia financiera y a servicios con perspectiva de género, por ejemplo en los ámbitos de la justicia y la asistencia sanitaria, que debe incluir la atención de salud sexual y reproductiva y la atención de salud mental.

Los servicios esenciales (que comprenden la asistencia sanitaria, los servicios policiales y de justicia, y los servicios sociales) para los supervivientes de la violencia sexual y de género tienen una importancia fundamental. Además, los países de origen deben garantizar la igualdad de oportunidades en el empleo remunerado y los medios de vida sostenibles, una adecuada creación de empleos, el uso productivo de las competencias y conocimientos adquiridos, y el acceso pleno y sin discriminación al mercado de trabajo.

Las cotizaciones a la seguridad social hechas en los países de destino deberían ser transferibles cuando se regresa al país de origen, para que las mujeres migrantes no se vean privadas de sus derechos cuando necesiten alguna prestación, por ejemplo una pensión. La pandemia de COVID-19 ha puesto de relieve la importancia de ofrecer opciones seguras para el retorno y la readmisión de las mujeres migrantes. Deben aplicarse medidas de cuarentena y detección adecuadas, que permitan mantener la libre circulación sin poner en peligro la salud pública.

Medidas

  • Establecer políticas que exijan el agotamiento de las opciones judiciales antes de ordenar los retornos forzosos y las deportaciones, expulsiones y readmisiones, y que prevean el tratamiento de cada caso por separado, con las debidas garantías procesales y el acceso a la justicia previsto en el derecho internacional, teniendo presentes los riesgos relacionados con el género que puedan correr las mujeres al regresar, como la violencia sexual y de género.
  • Respetar el principio de no devolución en todos los casos
  • No ordenar la devolución forzosa de las mujeres supervivientes de la trata desde el país de detección
  • No ordenar la devolución de niñas migrantes supervivientes de la trata al país de origen, a menos que en una evaluación de las necesidades se haya determinado que ello corresponde a su interés superior
  • Incluir la portabilidad de las cotizaciones a la seguridad social en los acuerdos laborales bilaterales (véanse más detalles sobre la portabilidad de las prestaciones devengadas en la sección relativa al Objetivo 22)
  • Proporcionar capacitación e información, entre otras cosas sobre la repatriación, las remesas y las oportunidades de formación profesional, que ayude a las mujeres migrantes a regresar a su país de origen
  • Establecer normas y reglamentos claros sobre las responsabilidades referentes al retorno de los migrantes, incluida la asistencia en los casos de mujeres migrantes que hayan sido abandonadas por sus empleadores, hayan sufrido malos tratos o tengan problemas de salud
  • Brindar a las mujeres y niñas que retornan un conjunto amplio de servicios socioeconómicos, psicológicos, jurídicos y de orientación
  • Ofrecer formación profesional, servicios financieros y asistencia financiera para respaldar las iniciativas empresariales de las mujeres y su participación en el mercado laboral
  • Ayudar a las migrantes que retornan a incorporarse al mercado de trabajo, mediante ferias laborales, ofertas de trabajo en línea, programas de emparejamiento de competencias y el reconocimiento de las competencias y cualificaciones adquiridas en el extranjero
  • Eliminar las políticas y programas discriminatorios, incluidas la obligatoriedad de la prueba de detección del VIH para las migrantes que retornan y la “rehabilitación” moral de las jóvenes que puedan estar estigmatizadas debido a las percepciones negativas de su comportamiento en el extranjero, incluido el trabajo en la industria del sexo
  • Ofrecer a las migrantes que retornan servicios con perspectiva de género, por ejemplo en los ámbitos de la justicia y la asistencia sanitaria, que debe incluir la atención de salud sexual y reproductiva y la atención de salud mental
  • Proporcionar acceso a los servicios esenciales (atención de salud, servicios policiales y de justicia, y servicios sociales) a los supervivientes de la violencia sexual y de género
  • Prestar asistencia letrada y acceso a la justicia a las migrantes que hayan retornado y deseen entablar una acción judicial contra sus empleadores o las agencias de contratación por las condiciones y prácticas abusivas o discriminatorias
  • En el contexto de la COVID-19: aplicar medidas eficaces de cuarentena y detección para todas las migrantes que retornen, respetando en todo momento el principio de no discriminación

Lista de verificación de las medidas necesarias

Pregunta Aún no está
¿Vela su Estado por que se apliquen las garantías procesales y se agoten las opciones judiciales antes de ordenar los retornos forzosos y las deportaciones, expulsiones y readmisiones?
¿Garantiza su Estado la no devolución forzosa de las mujeres supervivientes de la trata desde el país de detección?
¿Garantiza su Estado la no devolución de niñas migrantes supervivientes de la trata al país de origen, a menos que en una evaluación se haya determinado que ello corresponde a su interés superior?
¿Realiza su Estado una evaluación de los riesgos y la vulnerabilidad en función del género antes de adoptar una determinación con respecto a la devolución o deportación de una persona?
¿Ofrece su Estado servicios de retorno voluntario y reintegración a las mujeres migrantes que no pueden o no desean permanecer en los países de tránsito o de destino y prefieren regresar voluntariamente a sus países de origen?
¿Garantiza su Estado el pleno respeto del principio de no devolución de conformidad con el derecho internacional?
¿Tienen las mujeres migrantes derecho a recibir información completa y clara, en formatos accesibles para las personas con discapacidad y en un idioma que entiendan, sobre las opciones para el retorno, y se facilita efectivamente esa información?
¿Tienen las migrantes que retornan un acceso pleno a los servicios, incluidos los servicios esenciales en caso de violencia de género, y a la justicia en pie de igualdad con los otros nacionales?
¿Proporciona su Estado un acceso pleno a la justicia y a asistencia letrada a las migrantes que han retornado y desean entablar una acción judicial contra empleadores abusivos?
¿Ha prohibido su Estado las pruebas de detección del VIH obligatorias para las migrantes que retornan?
¿Tiene su Estado acuerdos bilaterales que aseguren la portabilidad de las prestaciones de la seguridad social devengadas?
¿Existen normas y reglamentos claros sobre las responsabilidades referentes al retorno de los migrantes, incluida la asistencia en los casos de mujeres migrantes que hayan sido abandonadas por sus empleadores, hayan sufrido malos tratos o tengan problemas de salud?
¿Ofrece su Estado a las migrantes que retornan acceso a servicios de apoyo adecuados, con inclusión de capacitación y asistencia financiera, para facilitar su reinserción en el mercado laboral?
¿Ofrece su Estado acceso a servicios con perspectiva de género, por ejemplo en los ámbitos de la justicia y la asistencia sanitaria, con atención de salud sexual y reproductiva y atención de salud mental?
¿Se han establecido medidas para proporcionar a las migrantes que retornan acceso a prueba de detección de la COVID-19 y un alojamiento seguro durante la cuarentena, de conformidad con la legislación nacional?
En el contexto de la COVID-19: ¿se han establecido medidas para proteger a las migrantes que retornan contra la discriminación?