Cuestiones
El Pacto Mundial para la Migración menciona la detención solo como medida de último recurso, y señala que deberían buscarse alternativas no privativas de libertad. Las mujeres detenidas corren un riesgo más alto de discriminación y de violencia sexual y de género, y deberían estar siempre separadas de los hombres que no formen parte de su unidad familiar. Además, los centros de detención deben estar abiertos a un seguimiento independiente por parte de instituciones y organizaciones de derechos humanos nacionales e internacionales.
En todo centro de detención o instalación similar, deben atenderse las necesidades específicas de las mujeres, incluido el acceso a instalaciones de agua, saneamiento e higiene seguras, privadas y que tengan en cuenta las cuestiones de género. La pandemia de COVID-19 ha arrojado luz sobre las condiciones de insalubridad de muchos centros de detención de mujeres migrantes, donde estas mujeres viven hacinadas, con insuficientes instalaciones de agua, saneamiento e higiene y un acceso limitado o nulo a productos de limpieza (como jabón y geles desinfectantes para las manos).
Para las mujeres migrantes atrapadas en habitaciones atestadas, aplicar o mantener el distanciamiento físico social es prácticamente imposible. El acceso a una asistencia sanitaria que tenga en cuenta el género e incluya servicios de salud sexual y reproductiva y de salud mental es crucial. Los migrantes solo deberían ser detenidos en espacios que correspondan al género con el que se identifiquen, y toda detención debería ser legal, por un tiempo limitado y no arbitraria. Con demasiada frecuencia, los migrantes transgénero quedan recluidos en espacios que no corresponden al género con el que se identifican y tienen una mayor probabilidad de sufrir malos tratos, con inclusión de agresiones sexuales .
Las mujeres o adolescentes que están embarazadas o son las principales cuidadoras de niños lactantes, así como las supervivientes de la violencia sexual y de género, no deben ser detenidas en ningún caso. Las unidades familiares deben mantenerse siempre juntas, para mitigar en lo posible el impacto negativo y traumático de la detención de los inmigrantes.
De conformidad con la observación general conjunta sobre las obligaciones de los Estados con respecto a los derechos humanos de los niños en el contexto de la migración internacional , la detención de niños inmigrantes es una violación de los derechos del niño y, como tal, no está nunca justificada. La búsqueda de alternativas no privativas de libertad debe ser una prioridad en el caso de todos los migrantes.
Medidas
- Establecer leyes, políticas y procedimientos que salvaguarden la vida familiar, reconociendo las diversas formas de familia que existen, manteniendo a las familias unidas y dando prioridad a las alternativas no privativas de libertad
- Establecer leyes y políticas que garanticen que los migrantes solo sean recluidos en centros que correspondan al género con el que se identifiquen
- Establecer leyes y políticas que prohíban la detención de menores migrantes
- Buscar alternativas a la detención para todos los migrantes, en particular para los que tengan necesidades de protección especiales, como las mujeres embarazadas, los niños y adolescentes, las personas de edad, las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero, intersexuales, queer o de otras identidades (LGBTIQ+), los migrantes con discapacidad, los supervivientes de la tortura o de un trauma, los migrantes con problemas de salud físicos o mentales, las víctimas de la trata, los supervivientes de la violencia sexual y de género, los apátridas y los refugiados, entre otros
- Contar con personal de supervisión y atención femenino en los centros en que haya mujeres detenidas, y tener en cuenta que la detención debe ser una medida de último recurso, revisable y limitada en el tiempo
- Proporcionar instalaciones de agua, saneamiento e higiene privadas, accesibles, seguras y que tengan en cuenta las cuestiones de género, artículos para la higiene menstrual y acceso a la asistencia sanitaria, incluidas la atención de salud sexual y reproductiva y la atención de salud mental
- Dar acceso a las garantías procesales y a una revisión judicial independiente de los procedimientos de detención sin demoras indebidas
- Permitir las investigaciones y el seguimiento periódico independientes de los centros de detención por parte de instituciones u organizaciones de derechos humanos nacionales e internacionales
- Facilitar el acceso a la asistencia consular y la representación legal, y la notificación de los familiares
- En el contexto de la COVID-19: respetar las medidas de higiene y distanciamiento social en los centros de detención, y adoptar medidas especiales para proteger a los grupos de más alto riesgo, como los migrantes de edad y los que tengan problemas de salud crónicos